viernes, 31 de julio de 2015

Estado de derecho?..... ¿qué Estado?,….. ¿qué derecho? Por Ing.agr. Daniel C. Besso

Daniel Carlos BessoCotidianamente, los que nos creemos personas de bien, nos planteamos al mejor estilo Discepolo, porqué el maulaje las hace y no las paga.
Vemos la tele y se nos paran los pelos del lomo. No alcanzamos a explicarnos los más viejos, ¿cómo fue que llegamos a este punto de degradación moral y ética?
No quisiera que a los de más de 50 – 55 años nos traten de viejos vinagres porque sí. Como siempre, los más viejos tienen la cantinela de que todo tiempo pasado fue mejor, eso es verdad. Pero hoy vemos que la convivencia entre los ciudadanos se ha tornado, digamos, complicada. Ni que hablar, en muchos casos, en lo referente a los funcionarios públicos, elegidos o nombrados. A menudo aquel que posee una cuota de poder, la usa para su provecho o el de su facción, pasando por arriba leyes, Constitución, garantías y lo que es infinitamente peor, las costumbres éticas de la sociedad.
Las sociedades antes de tener leyes y normas jurídicas que regulan la relación entre las personas, tienen en su acerbo cultural, principios éticos que considera  se deben cumplir para hacer la convivencia más fácil. Hasta los delincuentes tienen entre ellos lo que  llaman “códigos a respetar”.
Esos principios morales y éticos que son preexistentes a las leyes, son el sustento filosófico del conjunto legal que rige una sociedad.
Cuando una sociedad, vira tan violentamente sus principios morales como ocurrió con la nuestra en los noventa, el conjunto legal termina en muchos casos transformándose en letra muerta.
Recuerdo una propaganda de una firma de teléfonos celulares que postulaba como algo elogiable, que en una carrera  pedestre, una maratón, el “Elegido”usaba patines, sobrepasando a todos, ufanándose que la compañía había “venido a cambiar las reglas”.¿ y el principio del juego limpio?….bien gracias. Las reglas, si se decide cambiarlas, se cambian antes de la largada, sino es juego sucio.
Cuando una sociedad acepta este tipo de paradigma como algo digno de elogio e imitación, va camino a la disolución. Termina en quien tiene la mejor aptitud para jorobar  al prójimo, o como en el siglo XIX, quien tiene mejor puntería.
A los ciudadanos comunes se nos conmina a cumplir la ley a como dé lugar. No se nos permite alegar el desconocimiento como excusa para no cumplirla.
El funcionario tiene la posibilidad de desconocer, pasar por alto, no pocas veces ser discrecional. Para los ciudadanos de a pie, las consecuencias son juicios, para los funcionarios, sumario administrativo.
Mas allá de coincidir o no con el gobernador de San Luis (“el Alberto”)(por lo general, no concuerdo), cuando éste se postuló para presidente en las pasadas elecciones, declaraba su intención de enviar al congreso para revisar, todo el conjunto de leyes de la Nación. Él aseguraba que si se tamizaban las leyes por “la malla de la constitución”, no quedarían más que 4 o 5 mil y que no hacían falta más leyes que esas para gobernar criteriosamente.
En esto coincido.
Los ciudadanos comunes, queremos, deseamos cumplir las leyes, pero ansiamos que los que nos gobiernen den el ejemplo.
El no respeto principista de lo que se llama “pirámide jurídica” termina  de generar el mayor de los desconciertos.
Una ordenanza municipal, no puede contradecir una ley provincial, una ley provincial no puede chocar con la Constitución de la Provincia. Un decreto no puede tener rango superior a una ley y una ley no puede relativizar u oponerse a la Constitución. La Constitución solo tiene por arriba a los Tratados Internacionales. Tampoco la Constitución debe contradecir al preámbulo que es el que establece las pautas de ésta.
Un ejemplo: El preámbulo de nuestra carta magna menciona “los pactos preexistentes”. Entre esos pactos preexistentes, está lo que se convino en la Asamblea del año 1813; entre otras cosas se abolió la esclavitud y se prohibió la existencia de aduanas interiores.
Sin embargo siguen existiendo en nuestro territorio, casos de reducción a la servidumbre, amancebamiento, reducción a la esclavitud, trata de blancas etc.
Algo que vemos cotidianamente, para trasladar hacienda o granos, se venden las guías o cartas de porte y se deben pagar aranceles. Eso es a mi juicio un tratamiento de aduana interna. Las tasas introductorias que cobran algunos municipios, para ingresar productos alimenticios, amparados en cuestiones de índole bromatológicas y de seguridad alimentaria, dada la impracticabilidad de los controles por personal idóneo (muchas veces no lo tienen); se tornan en verdaderas trabas aduaneras internas, de hecho anticonstitucionales.
Cada trámite de habilitación en el que el ciudadano debe hacer para fabricar un producto, por ejemplo ante SENASA, debe demostrar que no ha de incurrir en ninguna falta. Que no ha de usar productos prohibidos, etc. Es lisa y llanamente tener que demostrar previamente  la inocencia, de una virtual acusación de un hecho hipotético, violándose el principio de esta misma e invirtiendo la carga de la prueba. En lugar de simplemente hacer firmar una instrucción de lo que se puede y lo que no se puede hacer y luego proceder a verificar.
Este estado de cosas es lo más propicio para el desarrollo de actos corruptos por parte del funcionario que “levanta la barrera, para que pase la farolera”.
En mis viajecitos por el país he constatado  que muchas veces, las barreras sanitarias (por ejemplo fitosanitarias) se practican al revés, revisan el vehículo que está saliendo de la zona de producción, por ejemplo de cebolla y no ingresando ( al sur de Bahía Blanca). A confesión del funcionario, se hacía para controlar las ventas de los galpones de empaque, que era lo que le importaba a la AFIP. Me parece fantástico, pero que no distraigan personal técnico para hacer controles tributarios.
Cada uno de nosotros debe tener unas cuantas anécdotas que ejemplifican el desbarajuste legal que condiciona nuestras vidas. El caso paradigmático, fue el de la resolución 125, un impuesto establecido por un funcionario de una secretaría de estado, de prepo, pasando por arriba del congreso… Lo menos habría que quitarles la matrícula profesional y hacerles un juicio político. El congreso delegó por estado de excepción esa capacidad en el poder ejecutivo.
El estado de excepción solo se justificaría en caso de guerra y no se si tanto.
Luego vinieron con explicaciones alambicadas de porque procedían de ese modo. Las leyes y la Constitución no solo tienen letra, tienen un espíritu, los ciudadanos comunes que no hemos estudiado leyes, confiamos en que son sabias y que su espíritu será respetado puntillosamente (deseamos eso).
Cosa que por lo general no ocurre. La gente necesita comprender, entender, para creer y posteriormente respetar. Si luego de lo que le explican con sentido “publicitario” las ventajas de una ley, cuando llega el momento de comprender porque esa ley no alcanaza al funcionario, porque:…. si, si, si, si….pero para el gran bonete NO, NO ESPEREMOS, PUES, QUE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS  SEAMOS AFECTOS A CUMPLIR LA LEY.
El ciudadano común (entre los que me incluyo) creyó que por la ley de convertibilidad debía haber un dólar guardado por cada peso emitido. Cuando llegó el momento….¡¡¡MINGA!!!!....tachame la doble. ¿Dónde fueron a parar?. Para la gente simple la definición es clara….: nos robaron. No me vengan con gre gre pa` decir Gregorio.
¿Hay alguien preso? Aparentemente, si el sistema jurídico sirve para justificar estos actos, creo que se están burlando de nosotros (¿me avivé un poco tarde, no?)
Axioma básico: EL PESCADO SE PUDRE POR LA CABEZA.
Si el sistema jurídico legal argentino no toma como principio básico, como doctrina general, QUE LO QUE NO ES ÉTICO, NO PUEDE SER LEGAL, y lo hace pronto,  oscuros días se avecinan. El ciudadano es muy paciente, pero como decía alguien en el siglo pasado; cuando los pueblos agotan su paciencia, hacen tronar el escarmiento.
Ing.agr. Daniel C. Besso
ENVIADO POR SU AUTOR

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